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RICHIE Usuario
Ingresado: 24 de Mayo de 2017 Mensajes: 5
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Escrito el: 24 de Mayo de 2017 a las 23:04
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Hola, soy ludopata desde hace 18 años, estube 5 años en tratamiento, a los
2 años del tratamiento tube una recaída y a los 3 años siguientes de
terapias en grupo y personales me dieron el alta.
Después de 5 años, bajé la guardia, estaba en un mal momento y no supe
controlarme, recibi un dinero y me lo gaste todo en la ruleta.
Tengo la autoprohibicion desde hace 10 años, pero no me pidieron el dni
ninguna de las veces que estube en los salones. Perdí mucho dinero
sumándole deudas de prestamos etc... Se lo conté todo a mi pareja y a mi
madre, es duro pero hay que hacerlo.
Mi pregunta es la siguiente,
¿Es posible denunciar al salón y aparte de la multa correspondiente me
pueden indemnizar por dejarme el acceso?
Gracias!
__________________ Richie
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ADICTOMAN Usuario
Ingresado: 11 de Oc tubre de 2016 Mensajes: 116
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Escrito el: 24 de Mayo de 2017 a las 23:28
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DISCULPA RICHIE, PERO HAY QUE SER BIEN CARE RAJA PARA PEDIR INDEMNIZACIÓN.. asume tu enfermedad y tus deudas como una persona adulta, nadie tiene la culpa que te gastes la plata.
Ahora me pregunto para que quieres la indemnización?, porque tengo claro que para pagar deudas no es.
Disculpa lo duro, pero tu comentario indica que estas más pérdido que yo en tu rehabilitación, aplica tus esfuerzos en en ello y no en otras cosas.
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RICHIE Usuario
Ingresado: 24 de Mayo de 2017 Mensajes: 5
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Escrito el: 24 de Mayo de 2017 a las 23:52
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Creo que te equivocas Care raja, aprende a escribir.
Después de 18 años de ludopatia y 5 años en tratamiento creo que se
perfectamente de que va el tema, si he vuelto a jugar ha sido por quitarme
las barreras de juego, disponer de mucho dinero y estar en un mal
momento han sido las razones.
Asumo mi culpa 100x100 pero si los salones fueran mas serios y pidieran la
documentación no hubiese podido entrar y jugar, por eso se hace la
autoprohibicion, si les denuncias seguro que ponen remedio.
La indemnización es para pagar las deudas que por culpa del juego he
tenido no para recaer y volver a jugar, cosa de la cual está informada mi
pareja, solo buscaba una solución a la deuda, asi que no juzgues a las
personas si no las conoces.
Por mucha rehabilitación que hagas si quieres jugar jugaras, eso lo llevaras
toda la vida. Lo decides tú no hacerlo, nadie mas.
__________________ Richie
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Fer1983 Usuario
Ingresado: 15 de Mayo de 2017 Lugar: Uruguay Mensajes: 21
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Escrito el: 25 de Mayo de 2017 a las 00:02
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Seria un gran negicio autopexcluirse y
despues intentar entrar para pedir
indemnizacion.... eso no existe , solo en
mentes enfermas como las nuestras aparecen
esas ideas
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RICHIE Usuario
Ingresado: 24 de Mayo de 2017 Mensajes: 5
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Escrito el: 25 de Mayo de 2017 a las 00:05
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AQUI OS DEJO LA WEB: http://firma10abogados.es/reclamar-al-casino-
sala-de-juego-bingo/
ABOGADOS
¿ES POSIBLE RECLAMAR AL ESTABLECIMIENTO DE EXPLOTACIÓN U
ORGANIZACIÓN DE JUEGOS EL DINERO INVERTIDO POR UN JUGADOR
QUE SE LE PERMITIÓ EL ACCESO TENIENDO PROHIBIDA LA ENTRADA EN
EL MISMO?
EL JUGADOR: “Sólo la pasión amorosa se iguala al azar en lo que
adicciones no tóxicas se refiere. En ambos escenarios hay necesidad,
tensión y un sinfín de elementos psicológicos que condicionan la actividad
del individuo“.
Dostoievski
La otra tarde recibí en mi despacho a un chico muy joven, apenas pasaba
los 20 años y temblándole la voz me contó su problema con el juego, no
hacía mucho había leído la novela de “EL JUGADOR” y al escuchar y mirar a
los ojos a este joven, un frio extraño me recorrió el cuerpo y me sobrecogió
el alma, una inmensa tristeza se apoderó de mi.
Con gran esfuerzo contenía la indignación que sentía ante la falta de
escrúpulos de estas salas de juegos que no respetan las normas, y me
serenaba para poder escuchar atentamente su relato de los hechos, me
contaba como estaba realmente enfermo y no controlaba, cómo había
perdido todo el dinero en las máquinas y se había endeudado en más de
20.000 euros solicitados a crédito, cómo casi pierde a su familia y a su
novia, el trabajo los amigos… cómo ha estado a punto de destrozar y
arruinar su vida para siempre.
Gracias a su madre y su novia que le ayudaron a encontrar el camino para
poder salir de este agujero negro y le prestaron todo su apoyo tanto
económico como personal y ayuda psicológica en asociación especializada
estaba logrando ver un poco de luz. Como elemento fundamental y punto
muy importante, diría esencial para la recuperación estaba la Inscripción en
el Registro de Control e Interdicciones, de Acceso a los Establecimientos
dedicados a la práctica de los Juegos y Apuestas en la Comunidad
Autónoma de Andalucía, creado por el Decreto 410/2000, de 24 de octubre.
Pues bien, se inscribe en el referido Registro que tiene por finalidad el
hacer efectivas las prohibiciones de acceso a los establecimientos
dedicados a la práctica del juego y apuestas, según consta en la propia
norma de creación del Registro y en la Legislación aplicable y vigente. Sin
embargo a pesar de la inscripción que voluntariamente efectúa este chico
para evitar que le permitan la entrada, cuando no es dueño de su voluntad y
reconociéndose sus limitaciones y su enfermedad y su falta de control,
resulta que los establecimientos hacen caso omiso a la prohibición y
sabedores de sobra por haber sido informado por los Organismos
competentes y porque además era cliente habitual, del problema de este
joven, no solo le facilitan la entrada al establecimiento de Juego sino que
además le facilitan la obtención del dinero para que pueda retirarlo del
crédito de su tarjeta, con una práctica que a mi entender es ilegal, pero no
me extenderé ahora sobre estas particularidades, baste, poner de
manifiesto que sin escrúpulos ninguno y con el solo fin de lucrarse,
permiten la entrada a quien por su enfermedad la tiene prohibida y a mayor
abundamiento le facilitan la obtención del dinero para que lo invierta en el
juego.
Llegados a este punto, estudio la norma administrativa para ver si mi joven
cliente puede recuperar el dinero invertido en el juego, tras su intento de
recuperación y estando inscrito en el Registro y bajo tratamiento, dinero
que ilícitamente han obtenido los establecimientos de juego que le han
permitido el acceso y facilitado el dinero, causándole unos perjuicios tan
graves tanto económicos como personales de difícil reparación, ya que lo
han sumido en un endeudamiento que no le permite asumir el pago ni vivir…
y en un estado de culpabilidad, ansiedad y desequilibrio emocional que lo
está poniendo al borde de una grave patología sino está incurso en ella ya.
¿Qué nos dice la norma? ¿Se puede sancionar por estos hechos a los
establecimientos? ¿Tiene mi cliente derecho a ser indemnizado? ¿Se puede
reclamar al casino?
Sólo a modo de resumen, hago mención de los artículos de la Ley que esta
letrada entienden apoya mi tesis sobre la viabilidad de que se condene al
establecimiento no sólo al pago de la multa por infringir la norma sino
además al pago a mi cliente del dinero que invirtió en el el juego y que
ilícitamente sirvió para lucro de éste más la correspondiente indemnización.
LEY 2/1986, DE 19 DE ABRIL, DEL JUEGO Y APUESTAS DE LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (Texto actualizado)
Artículo 29.
Son infracciones graves:
1. ……
7. Permitir la práctica de juegos o apuestas, o el acceso a los locales o salas
de juegos, o las personas que lo tengan prohibido en virtud de la presente
Ley o por los Reglamentos que la desarrollen.
En el caso concreto que estudio el jugador era de máquinas tipo B2
interconectadas y aplicable por tanto el reglamento específico:
Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, de Salones Recreativos y
de Juego y del Registro de Empresas de Juego de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, aprobado por el Decreto 250/2005, de 22 de noviembre
Modificado por los Decretos 91/2011, de 19 de abril, por el que se modifican
diversos Decretos en materia de juego de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre
el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y Decreto
342/2011, de 15 de noviembre, por el que se modifican determinados
artículos del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, de Salones
Recreativos y de Juego y del Registro de Empresas de Juego de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 250/2005, de
22 de noviembre, y del Catálogo de Juego y Apuestas de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 280/2009, de 23 de junio.
Artículo 105. Infracciones graves.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 2/1986, de 19
de abril, constituye infracción grave:
a)…………….
f) Permitir el uso de máquinas de tipo «B» o «C» a los menores de edad así
como, dentro de las zonas de acceso restringido de los salones de juego
previstas en el artículo 88.2.b), a las personas que se encuentren incluidas
en el Registro de Control e Interdicción de Acceso a los Establecimientos
dedicados a la práctica de los Juegos y Apuestas en la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
SANCIONES APLICABLE POR REMISION A LA LEY 2/1986:
Artículo 31.
1. Las infracciones calificada muy graves serán sancionadas con multas de
5.000.000 pts. hasta 50.000.000 pts., las graves con multas de 100.001 a
5.000.000 pts. y leves con multa de hasta 100.000 pts. Además, cuando se
aprecie fraude, la multa no podrá ser en ningún caso inferior al
quíntuple de las cantidades defraudadas.
Anualmente, en la Ley de Presupuesto, podrá considerarse la elevación de
estas sanciones para adecuarlas a la realidad social y económica.
2. Las infracciones que hubieren sido mencionadas conforme a lo dispuesto
en el apartado anterior, llevarán implícitas conforme a su naturaleza las
siguientes consecuencias o sanciones accesorias:
a)La devolución a la Administración o a los perjuicios que hubieren sido
identificados, de los beneficios ilícitamente obtenidos.
Si ha tenido, tiene o alguna vez le ocurre a usted o algún conocido, familiar
o amigo un problema relacionado con los establecimientos de juegos, no
dude en ponerse en contacto con Firma10 Abogados y le ofreceremos toda
nuestra ayuda legal y atención personal para resolver el problema.
Ltda. Rosario Ortiz.
Firma10 Abogados
__________________ Richie
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RICHIE Usuario
Ingresado: 24 de Mayo de 2017 Mensajes: 5
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Escrito el: 25 de Mayo de 2017 a las 00:09
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CREO QUE EL PROBLEMA POR LO QUE VEO ES EN VUESTRO PAIS.. LOS
DOS DE URUGUAY
EN ESPAÑA EXISTE LA AUTOPROHIBICION,
Qué es la autoprohibición
Una de las medidas que puede tomar una persona que reconoce su
adicción al juego, es la solicitud de incorporación al Registro de
Interdicciones del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Una
vez aprobada esta solicitud, es la propia administración y las empresas las
que impedirán el acceso a las salas físicas o portales en internet donde se
lleve a cabo el juego.
Para qué sirve
La autoprohibición por sí sola, no soluciona el problema de ludopatía, pero
ayuda a las personas que ya están en tratamiento, para que en el supuesto
de una recaída, se les pueda disuadir, además de contribuir al paciente a
crear mas conciencia del problema que tiene. Si una vez reconocido el
problema de adicción al juego no podemos confiar en la fuerza de voluntad,
y ante la inexistencia de esta última, tendremos que utilizar todas las
estrategias que desde nuestro entorno nos faciliten la intención de no
repetir la conducta de juego.
Alomejor no están tan avanzados en vuestra tierra uruguayos por eso no me
entendeis...
__________________ Richie
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Fer1983 Usuario
Ingresado: 15 de Mayo de 2017 Lugar: Uruguay Mensajes: 21
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Escrito el: 25 de Mayo de 2017 a las 00:25
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Bueno , mucha suerte con la
indemnización!! Cuando te la paguen que no
sea con fichas
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RICHIE Usuario
Ingresado: 24 de Mayo de 2017 Mensajes: 5
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Escrito el: 25 de Mayo de 2017 a las 00:32
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__________________ Richie
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PACO Usuario
Ingresado: 06 de Noviembre de 2005 Lugar: Spain Mensajes: 1947
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Escrito el: 25 de Mayo de 2017 a las 01:00
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bueno yo soy español ademas andaluz
en efecto la ley existe otro tema es pleitar y tener
posibilidad de ganar el pleito
yo vivo en Baleares estoy excluido de todos los locales
he entrado a jugar en un bingo alegando que me habia
dejado el DNI en casa me han solicitado el numero y les
he dicho que no lo sabia de memoria me han pedido el
nombre y he dado el de mi hermano y con eso me han dejado
entrar
luego he consultado con un abogado si habia posibilidad
de denunciar y me ha dicho que podia poner la denuncia
pero que si plitaba seguramente perderia he puesto la
denuncia y no he pleitado no se si le pusieron alguna
sancion pero lo que si se es que si nos autoexcluimos
siempre podremos encontrar medios para burlar los
controles
en fin chico me encantaria que tu pusieras un pleito y lo
ganaras tal vez de ese modo pondrian mas interes en los
controles
pero me temo que es una lucha perdida
al igual que el mantener esta enfermedad en la obcuridad
si los gobiernos se preocupacen en difundir la existencia
de esta enfermedad y la sociedad comprendiera la gran
lacra que es la ludopatia posiblemente nuestra
rehabilitacion seria mucho mas facil de lograr
pero hay demasiado intereses de por medio
de entrada no se reconoce el gran grado de adiccion que
tiene el juego tratan de hacer ver que el ludopata se
hace porque tiene alguna predisposicion y eso es
totalmente falso el ludopata se hace porque el juego es
adictivo en un grado muy alto
bueno chico en cuanto a tu caso esta claro que no hiciste
una rehabilitacion completa la cual no se limita a dejar
de jugar tenemos que concienciarnos de que el juego para
nosotros es como una alergia y un alergico no se le
ocurre tomar aquello a lo que es alergico
si amigo mio puedes estar muchos años sin jugar pero si
no tomas conciencia real de lo que el juego te causa
tarde o templano jugaras asi pues trata de hacer una
rehabilitacion como es debido
yo hoy por hoy el juego es algo que me rodea pero que
ignoro y no tengo ningun poblema en decir cuando la
situacion lo requiere que soy ludopata y por eso no
acompaño a quien me lo requiere a ningun juego en
definitiva cuando a un alergico le ofrecen aquello a lo
que es alergico no tiene poblema en decir no porque soy
alergico pues con el juego lo mismo
__________________ vencer la ludopatia1º aceptacion 2º convencimiento 3ºresolusion y tratamiento
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ADICTOMAN Usuario
Ingresado: 11 de Oc tubre de 2016 Mensajes: 116
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Escrito el: 25 de Mayo de 2017 a las 01:10
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Yo voy a denunciar a las
botillerías porque me venden
trago y dejo la caga porque soy
alcohólico...richie sin animo de
polemizar creo k el tema no va
por ahí, hay que luchar por la
enfermedad aya ellos con sus
negocios.
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administrator Usuario Av
Ingresado: 01 de Oc tubre de 2003 Lugar: Spain Mensajes: 2207
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Escrito el: 16 de Junio de 2017 a las 20:15
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Richie supongo que lo has hecho de buena fe, pero si interpreto que haces propaganda de otra web, quedarás fuera.
Sea como fuere, durante mucho tiempo también se ha planteado de someter al jugador a sanción, así que vigilad los reglamentos que manejáis, he visto que publicabas artículos de 1986.
Adictoman, tu te quedas fuera del foro, aquí nadie desanima a los hombres, enfermos o no, a luchar por sus derechos y por lo que consideren justo, menos sin violencia y en los tribunales. Si de ello se deriva conseguir un beneficio económico, bienvenido sea, ojalá en la vida siempre fuera así, y toda la sociedad fuera pacíficamente luchadora...
Fer1983, te digo lo mismo, aparte de la falta de respeto de calificar de mentes enfermas a ciudadanos sujetos a trastorno adictivo, no se que has entrado a hacer, pero esos comentarios no eran de ayuda para nadie...
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